Mayores

Secretaría de Políticas Sectoriales

NUESTRO COMPROMISO CON LOS MAYORES

PEDIMOS MÁS Y MEJORES SERVICIOS SOCIALES:

Es uno de los colectivos que más le ha afectado la quiebra del Estado de Bienestar, por lo que UGT mantiene como prioridad la negociación con el objetivo de atender nuevas necesidades sociales y mejoras los niveles de protección.

Por ello seguiremos reivindicando que el sistema de protección sea universal y suficiente seguiremos solicitando.

 Que toda persona que necesite cuidados se garantice el derecho a unos servicios sociales de calidad y que este derecho sea general y exigible dentro del ámbito de la Seguridad Social.

 Que se incrementen las plazas públicas en Residencias Geriátricas, aumenten y mejoren los Servicios de Atención a Domicilio y los Centros de Día.

 Que se lleven a cabo modificaciones legales para proteger a los mayores víctimas de hechos delictivos, trato abusivo o vejatorio, que se mejoren sus derechos en casos de incapacidad y se elabore una Carta de los derechos de las personas mayores.

 Que se evite toda discriminación negativa por razón de edad, especialmente en el acceso a la atención sanitaria.

La población de la Comunidad de Madrid está viviendo un continuo proceso de envejecimiento. En la actualidad en la Comunidad de Madrid residen más de 850.000 personas mayores de 65 años, lo que representa más de un 14 % del total de la población. Gran parte de estas personas mayores viven solas y por tanto presentan mayores necesidades sociales. Dada la estrecha relación entre las situaciones de dependencia y la edad una de las principales necesidades de las personas mayores se encuentra en dotar de mayor autonomía personal a nuestros mayores.

El sistema de protección de nuestros mayores ha de ser universal y suficiente. Por ello desde UGT- Madrid reivindicamos:

 Desarrollo de la Ley de Dependencia.

 El incremento de la oferta pública de plazas en Residencias Geriátricas y Centros de Día, que eviten sacar de su entorno al mayor y que cubran la demanda real existente.

 La Potenciación cuantitativa y cualitativa de la Ayuda a Domicilio y Teleasistencia, así como de la adaptación necesaria para conseguir la habitabilidad, seguridad, confort y servicios que permitan al mayor un nivel de autonomía personal suficiente.

 Servicios Socio-Sanitarios coordinados y ajustados a las necesidades de los distintos núcleos de población.

 Desarrollo de un plan para incrementar las camas geriátricas, de media y larga estancia, para mejorar el tratamiento de los procesos asociados al envejecimiento.

Por último, la experiencia de las personas mayores supone un valor añadido en todos los foros en los que participan, por lo que abogamos por favorecer la cohesión social entre las distintas generaciones y la participación democrática de las personas mayores.

Legislación

 Decreto 72/2001, de 31 de mayo, regulación del Régimen Jurídico Básico en Residencias, Centros de Atención de día y Pisos Tutelados

Legislación de Residencias

 Acuerdo de 22 de julio de 1994, del Consejo de Administración del Servicio Regional de Bienestar Social, por el que se prueba el Reglamento de Régimen Interior de las residencias para personas mayores que gestiona directamente el Servicio de Bienestar Social.

 Orden 766/1993, de 10 de junio, de la Consejería de Integración Social, por la que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Residencias de Ancianos que gestiona directamente el Servicio Regional de Bienestar Social.

 Resolución 496/2004, de 4 de febrero, de la Dirección General del Mayor, por la que se fija, para el año 2004, el importe mensual que deben aportar los ocupantes de plazas financiadas parcialmente por la Comunidad de Madrid en Residencias de Mayores y se actualiza el importe de los ingresos personales como requisito para acceder a dichas Plazas.

 Resolución 15459/1998, de 26 de agosto, de la Dirección General de Servicios Sociales, por la que se aprueban los modelos oficiales relativos a la solicitud de ingreso en residencias de mayores de la Comunidad de Madrid.

Legislación de Centros de Día

 Orden 210/1998, de 16 de febrero, de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, por la que se aprueba el Reglamento de los Centros de Día para Personas Mayores de la Comunidad de Madrid.

 Orden 597/1999, de 23 de diciembre, de la Consejería de Servicios Sociales, por la que se regula la naturaleza y objetivos del servicio público de atención a personas mayores en Centros de Día y se aprueba el procedimiento para la tramitación de solicitudes y adjudicación de plazas en dichos centros.

Legislación de Pisos Tutelados

 Orden 368/2003, de la Consejería de Servicios Sociales, por la que se regula la admisión de usuarios en los pisostutelados para personas mayores de la Comunidad de Madrid.


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